Defensa frente a valoraciones inmobiliarias de la AEAT en transmisiones de inmuebles



La Agencia Tributaria realiza cada vez más comprobaciones sobre transmisiones inmobiliarias, aplicando valoraciones que incrementan artificialmente la ganancia patrimonial y la cuota del IRPF.
En ESCADA Abogados defendemos al contribuyente frente a estas regularizaciones, impugnando la valoración, el procedimiento y, cuando procede, la prescripción, la retroacción defectuosa y la imposición de sanciones.

Cuestiones de interés

La AEAT puede iniciar actuaciones cuando el valor declarado en una transmisión de inmueble no coincide con el valor que la Administración considera “real” o “de mercado”. Este escenario es frecuente en:

- compraventas entre particulares

- ventas con precios inferiores a la media del mercado

- transmisiones entre familiares

- adjudicaciones por divorcio o disolución de gananciales

- adjudicaciones hereditarias

- daciones en pago y ejecuciones

- permutas

El objetivo de la Administración suele ser recalcular la ganancia patrimonial para incrementar la cuota del IRPF, frecuentemente añadiendo intereses y, en ocasiones, sanción.

En la práctica, muchas liquidaciones provisionales se sustentan en informes de valoración que presentan deficiencias sustanciales, que pueden ser relevantes desde el punto de vista jurídico, pues conforme a reiterada jurisprudencia, la valoración debe estar motivada, justificada y referida al caso concreto, no a estimaciones genéricas.

Sí, pero la valoración debe estar motivada, justificada y referida al caso concreto.

En muchas ocasiones sí, y también es impugnable.

En determinados expedientes la Inspección ofrece al contribuyente una reducción de la deuda si acepta la liquidación. Esta oferta no implica reconocimiento de corrección técnica del expediente; en muchos casos es un mecanismo para evitar revisión en profundidad. Antes de aceptar la conformidad conviene analizar la solidez de la valoración y las opciones de defensa con un experto.

Nuestro Ámbito territorial

Actuamos ante: AEAT, el  Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR), Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) y la Jurisdicción contencioso-administrativa

Con cobertura en toda España.

Nuestros honorarios

Antes de iniciar cualquier recurso o reclamación realizamos un análisis de viabilidad del expediente. En determinados supuestos de cuantía relevante trabajamos sin provisiones de fondos, con honorarios condicionados al resultado (éxito) o win to win. 


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Actualizado: enero 2026

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